El Gobierno de Aragón ha publicado la convocatoria, en la que podrán participar Pymes del sector turístico.
El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial ha publicado la convocatoria de ayudas a fondo perdido para empresas del sector turístico que vayan a realizar actuaciones de infraestructuras relacionadas con la incidencia de la COVID-19.
¿Quién puede optar a la subvención?
Podrán optar a la subvención establecimientos de alojamiento turístico como establecimientos hoteleros, balnearios campings, casas rurales, albergues o refugios; y los establecimientos de hostelería, restaurantes, cafeterías, bares empresas de banquetes y servicios de hostelería para eventos, así como, turismo activo y agencias de viajes.
¿Qué actuaciones son subvencionables?
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:
a) Cerramientos fijos de terrazas exteriores en establecimientos, tanto cubiertas como descubiertas, incluidas barandillas de protección, jardineras u otros similares.
b) Ampliación o instalación de nuevas terrazas exteriores en calzadas y/o aceras mediante la colocación de tarimas en plataformas a nivel de la acera o pavimentos de carácter móvil.
c) Instalación de elementos calefactores en terrazas exteriores, ya sean móviles o fijos.
d) Instalación de puertas automáticas en el acceso a los establecimientos o en el interior de los mismos.
e) Instalación de mamparas y/o elementos delimitadores de espacios en el interior o en el exterior de los establecimientos.
f) Instalación de dispensadores fijos de gel hidroalcohólico en el interior de los establecimientos.
g) Instalación de grifos y secadores de manos de funcionamiento automático con detector de manos en los aseos de uso público generales de los establecimientos.
h) Instalación de iluminación con detector de presencia en las zonas comunes del interior de los establecimientos.
i) Instalación de elementos de climatización y/o ventilación en el interior de los establecimientos, que mejoren las prestaciones de los mismos en relación con la transmisión del Covid-19 por medios aéreos.
j) Instalación de elementos fijos de almacenamiento que faciliten las labores de limpieza y desinfección y otras desarrolladas por el personal de los establecimientos.
k) Instalación de elementos no fungibles de desinfección: arcos, alfombras, pulverizadores, y otros similares.
l) Instalación de elementos de señalización para facilitar la circulación de flujos de personas, fomentando prevenir la acumulación de personas en puntos críticos.
m) Instalación de elementos de toma de temperatura.
n) Inversiones en habilitación de procesos de trabajo digitales.
o) Inversiones en proyectos técnicos que, en su caso, haya tenido que desarrollarse para la realización de las actuaciones anteriormente señaladas. Quedará excluida en todo caso la adquisición de mesas, sillas, sombrillas toldos y cualquier otro elemento mueble para las terrazas o para el interior de los establecimientos.